Hoy la Generalitat Valenciana ha publicado la Resolución de 5 de enero que entre otras establece las siguientes medidas para la hostelería:
-La ocupación de las mesas será de un máximo de 4 personas por mesa o agrupaciones de mesas.
- La distancia entre mesas será de 2 metros en interior de establecimientos y 1,5 en terrazas exteriores.
- El consumo será siempre sentado en mesa
- El aforo máximo permitido debe estar visible en la entrada
- Los establecimientos de restauración y hostelería concluirán su actividad a las 17:00 horas, y la clientela no podrá permanecer en el establecimiento fuera del horario permitido.
Los establecimientos de hostelería con hospedaje, pueden dar servicio de restauración exclusivamente a las personas alojadas en horario de cena.
Las actividades de restauración de servicio a domicilio, o de recogida por la clientela en el establecimiento con cita previa, se podrá llevar a cabo durante el horario de apertura del establecimiento con el límite horario regulado para la libertad de circulación de las personas en horario nocturno (hasta las 10 de la noche)
No queda permitido en los establecimientos de restauración y hostelería:
– El uso de la barra.
– Los servicios tipo self service o buffet.
– Fumar en las terrazas de cafeterías y bares.
– Los juegos de azar en los bares y similares. (no se permite el uso de máquinas recreativas ni de azar, se recomienda su desconexión).
Se suspende la actividad de los locales de discotecas, salas de baile, karaoke, bares de copas y pubs, con y sin actuaciones musicales en directo. Y se suspende también la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateur de canto en los establecimientos de restauración y hostelería. Tampoco se permiten las actuaciones de disc-jockeys, pinchadiscos, locutores y/o similares”.
No se permite fumar en la vía pública, playas u otros espacios al aire libre, cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad mínima interpersonal de, al menos, 2 metros. En todo caso, se prohíbe fumar al aire libre en terrazas de cafeterías y bares”.
El toque de queda se establece de 10 de la noche a 6 de la mañana.
La presente resolución producirá efectos desde las 0:00 horas del día 7 de enero de 2021 y mantendrá su vigencia hasta las 23:59 horas del día 31 de enero de 2021.
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